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Los colombianos en el exterior no están obligados a cotizar al Régimen de Seguridad Social en Salud en Colombia, no obstante tienen la facultad de realizar aportes voluntarios al sistema pensional en Colombia, sin necesidad de realizar aportes a la Salud, contáctanos para mas información
No. La obligación de cotizar cesa al momento en que el afiliado “reúna los requisitos para acceder a la pensión mínima de vejez, o cuando el afiliado se pensione por invalidez o anticipadamente". (Art. 4, Ley 797 de 2003).
Sin embargo, es pertinente señalar que la pensión por excelencia es la de vejez y que las pensiones de invalidez son susceptibles de modificación, suspensión o retiro, de acuerdo con la evolución del estado que las originó. Por lo tanto, se considera prudente continuar cotizando para la pensión de vejez..
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