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En Colombia, la edad de pensión es un factor clave para acceder a los beneficios de jubilación. La edad mínima para recibir una pensión de vejez es de 62 años para hombres y 57 años para mujeres, siempre y cuando se cumpla con el número requerido de semanas cotizadas al sistema de pensiones. Además, es importante considerar que los requisitos pueden variar según si el afiliado pertenece al régimen de Colpensiones o a un fondo de pensiones privado. Descubre todos los detalles sobre cómo y cuándo puedes comenzar a disfrutar de tu pensión y planifica tu jubilación con antelación." fondos de pensiones
Qué sucede si tengo menos de 900 semanas cotizadas según la nueva reforma pensional?
Con la entrada en vigor de la nueva Ley de Reforma Pensional, que será aplicada desde el 1 de julio de 2025, se establecen nuevas condiciones para los aportes pensionales:
En estos casos, los aportes pensionales correspondientes a los primeros 2.3 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) serán administrados por Colpensiones.
Esta reforma tiene como objetivo garantizar una mayor cobertura y sostenibilidad en el sistema pensional, brindando más oportunidades de acceso a una pensión para quienes tienen menos semanas cotizadas.
Si deseas más detalles sobre cómo te afecta esta reforma, consulta con un asesor o revisa las actualizaciones en las normativas de Colpensiones.
¿Cómo quedó la nueva reforma pensional de 2024?
La Ley 2381 del 16 julio de 2024 decidirá por ti, si tu salario es igual o menor a 2.3 SMMLV ($2'990.000 en 2024) no deberás realizar ninguna acción. Si tu salario es mayor a 2.3 SMMLV ($2'990.000 en 2024) y estás en Colpensiones deberás seleccionar una Administradora como Porvenir. Conoce más aquí.
¿Qué sucede con los pensionados en fondos privados según la nueva reforma pensional?
¿Qué pasa con los pensionados en fondos privados según la reforma pensional?
La nueva reforma pensional permite que los fondos privados administren los recursos de las cuentas individuales en el componente complementario de ahorro individual del pilar contributivo. Esto será posible siempre y cuando los fondos cumplan con los requisitos legales establecidos en la ley.
Los aportes se dividirán entre un pilar básico administrado por Colpensiones y un pilar complementario gestionado por fondos privados, garantizando que los afiliados conserven la propiedad de sus ahorros individuales y accedan a beneficios combinados.
Este cambio redefine el papel de los fondos privados dentro del sistema, asegurando la transparencia y la sostenibilidad en la gestión de los recursos.
Consulta con tu fondo privado para más información y cómo afecta tu pensión.
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