El Gobierno Nacional ha expedido el Decreto 719 de 2024, el cual establece nuevas directrices para asegurar la continuidad del servicio de salud de los afiliados en Colombia. Este decreto aborda tres aspectos clave:
- Condiciones para EPS en Liquidación o Retiro: Se definen las condiciones para mantener la prestación del servicio de salud en caso de retiro o liquidación voluntaria, revocatoria de autorización de funcionamiento, certificación de habilitación, o intervención administrativa forzosa de las Entidades Promotoras de Salud (EPS). El objetivo es garantizar que al menos una EPS receptora esté disponible en cada municipio, para asegurar la continuidad en el aseguramiento y la prestación de servicios. Actualmente, 612 municipios no cuentan con EPS receptoras en el régimen contributivo y 556 en el régimen subsidiado, según datos de la Superintendencia Nacional de Salud con corte a marzo de 2024.
- Modificación del Mecanismo de Movilidad: Se ajustan las reglas del mecanismo de movilidad para garantizar que los afiliados del régimen subsidiado que cumplan con los requisitos para cotizar puedan permanecer en su EPS del régimen subsidiado, realizando los aportes obligatorios del régimen contributivo según corresponda. Este ajuste busca dar cumplimiento al artículo 35 de la Ley 1438 de 2011.
- Requisitos para EPS del Régimen Contributivo: Se corrige la falta de cumplimiento de requisitos por parte de las EPS del régimen contributivo al recibir afiliados del régimen subsidiado. A abril de 2024, existen 5,29 millones de afiliados del régimen subsidiado en EPS del régimen contributivo que no cumplen con las exigencias normativas. Para mantener a estos afiliados, las EPS del régimen contributivo deberán obtener autorización de la Superintendencia Nacional de Salud para operar en ambos regímenes.
- Fortalecimiento de la Red Pública Hospitalaria: Se busca garantizar el acceso a servicios de salud en todo el país mediante el fortalecimiento de la red pública hospitalaria y la aplicación de la normatividad vigente en el régimen subsidiado, conforme al artículo 16 de la Ley 1122 de 2007.
Este decreto es crucial para mejorar la prestación del servicio de salud y asegurar una cobertura equitativa en todos los municipios del país.